Oberdata pretende abarcar el fenómeno de la tecnología desde los más diversos ángulos, siendo este el motivo de creación de la categoría que ahora nos ocupa. Pues bien, consideramos fundamental comenzar por lo más sencillo: definiendo qué es el Derecho de las Nuevas Tecnologías o Derecho Informático.

La Wikipedia lo define como el “conjunto de principios y normas que regulan los efectos jurídicos nacidos de la interrelación entre el Derecho y la Informática”. Asimismo, el Doctor Rodolfo Herrera Bravo ha publicado en DerechoTecnologico.com un extenso trabajo, del cual transcribimos el concepto propuesto por Emilio Suñé Llinas, quien conceptualiza a nuestra materia como "el conjunto de normas reguladoras del objeto informático o de problemas directamente relacionados con la misma".

En síntesis, afirmamos que el Derecho Informático es el que regula, a través principios y normas, las relaciones jurídicas que surgen como consecuencia del fenómeno tecnológico. Entendemos que esta aproximación es suficiente para darnos momentáneamente por satisfechos.

 


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